Un derecho que se pueda danzar. Apuntes para una(s) coreografía(s) jurídica(s)
En esta investigación nos preguntamos ¿dónde están los cuerpos en el derecho? Nos planteamos la posibilidad de pensar en un derecho que se pueda danzar. Para cumplir con este propósito, utilizaremos la Teoría Trialista del Derecho, realizando un análisis complejo e integrador, socio normo valorativo...
Bewaard in:
| Hoofdauteur: | |
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| Formaat: | article |
| Taal: | Spaans |
| Gepubliceerd in: |
2019
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| Onderwerpen: | |
| Online toegang: | https://hdl.handle.net/20.500.12008/45258 |
| Tags: |
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| Samenvatting: | En esta investigación nos preguntamos ¿dónde están los cuerpos en el derecho? Nos planteamos la posibilidad de pensar en un derecho que se pueda danzar. Para cumplir con este propósito, utilizaremos la Teoría Trialista del Derecho, realizando un análisis complejo e integrador, socio normo valorativo. Cada dimensión será pensada desde tres autores diferentes. Para la dimensión sociológica, tomaremos como referencia la obra del pintor G. Arcimboldo. Respecto de la dimensión normológica tomaremos en cuenta la perspectiva del filósofo B. Spinoza, y para la dimensión valorativa, los pensamientos de F. Nietzsche. Por último, analizaremos la relación entre estos modos de pensar lo jurídico y la lucha argentina por la legalización del derecho al aborto voluntario impulsado por el movimiento feminista. |
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